Indecopi libera a universidades y escuelas de posgrado de barreras impuestas por Sunedu para abrir nuevas carreras
Organismos de competencia cuestionan requisitos administrativos que limitaban la oferta de carreras universitarias
Indecopi elimina barreras para universidades y escuelas de posgrado en Perú. El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha tomado una decisión significativa al eliminar una serie de exigencias administrativas impuestas por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).…

Indecopi elimina barreras para universidades y escuelas de posgrado en Perú. El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha tomado una decisión significativa al eliminar una serie de exigencias administrativas impuestas por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu). Esta medida permite a las universidades y escuelas de posgrado ampliar su oferta académica y abrir nuevas filiales sin las restricciones económicas y burocráticas que anteriormente enfrentaban. A través de dos resoluciones emitidas en julio de 2026, Indecopi determinó que varios de los cobros y requisitos establecidos por Sunedu carecían de fundamento legal. Esta decisión representa un alivio considerable para las instituciones educativas, que dejarán de abonar más de S/ 125 mil por cada nueva filial y evitarán trámites duplicados al crear nuevas carreras. La primera resolución, la N° 0340-2026/SEL-INDECOPI, declaró ilegal el trámite denominado 'Registro de la modificación de la oferta académica de universidades y escuelas de posgrado'. Hasta este pronunciamiento, las instituciones debían pagar S/ 5,110.70 por cada solicitud de modificación en su catálogo de carreras. Esta medida fue impulsada por una denuncia presentada por la Universidad Norbert Wiener, que evidenció la falta de aprobación de estos requisitos por parte del Consejo Directivo de Sunedu, conforme a lo estipulado por la ley. Indecopi concluyó que las exigencias y cobros impuestos no contaban con la debida justificación, y por lo tanto, la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas consideró que estas regulaciones eran inválidas y debían ser eliminadas. La segunda resolución, la N° 0381-2026/SEL-INDECOPI, anuló la obligación de que las universidades y escuelas de posgrado deban acreditar nuevamente el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad cada vez que busquen modificar su oferta académica, a pesar de contar con licencia institucional. Asimismo, se eliminó el cobro de S/ 125,844.70 por el trámite de 'Modificación de Licencia Institucional (Creación de filial)'. Indecopi argumentó que estos pagos no estaban adecuadamente justificados y representaban una carga financiera injustificada para las instituciones. Con estas resoluciones, Indecopi busca fomentar la innovación y el crecimiento académico al eliminar obstáculos administrativos y económicos que limitaban la capacidad de las universidades para adaptarse a las necesidades del mercado educativo. Además, se espera que Sunedu ajuste sus procedimientos para evitar nuevas barreras burocráticas y simplificar los trámites para las universidades y escuelas de posgrado. Las resoluciones se fundamentan en el artículo 36 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, que establece que los procedimientos administrativos, requisitos y costos deben ser aprobados por el órgano competente y estar debidamente sustentados.
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