Reforma eléctrica sin inversión nueva: el dilema regulatorio que frena la transición energética

Modernizar un sector energético sin movilizar inversión nueva es una contradicción que varios países de América Latina han enfrentado en distintos momentos de sus reformas regulatorias. Perú atraviesa hoy una versión propia de ese dilema: la Ley 32249, promulgada a inicios de 2025, establece un marco renovado para la contratación de electricidad en el mercado regulado, con instrumentos que, en teoría, abren la puerta a tecnologías renovables como la solar y la eólica. Entre sus innovaciones más relevantes figura la posibilidad de contratar energía y potencia de forma separada y en bloques horarios, eliminando una barrera estructural que durante años impidió que estas fuentes compitieran en condiciones equitativas por contratos en el segmento regulado.

Sin embargo, el proceso de reglamentación ha introducido una variable que compromete el espíritu de la reforma. El Ministerio de Energía y Minas ha propuesto permitir que en las licitaciones de largo plazo —aquellas con anticipación mínima de tres años y contratos de hasta quince— también puedan participar centrales eléctricas ya en operación. La distinción es crítica desde el punto de vista financiero: una central existente ha amortizado gran parte de su inversión y puede competir principalmente sobre sus costos operativos, mientras que un proyecto nuevo debe asegurar financiamiento, obtener permisos, adquirir equipos y construir infraestructura asumiendo todos los riesgos del desarrollo. Equiparar ambas situaciones en una misma licitación no es neutralidad regulatoria; es una ventaja estructural para la capacidad instalada. Según análisis del sector energético latinoamericano, los contratos de largo plazo funcionan como señales de bankability: son el instrumento que permite a bancos y fondos de inversión considerar viable el financiamiento de nueva generación. Si esa señal se diluye porque las licitaciones pueden resolverse con oferta existente, el mecanismo pierde su función principal.

Lo que está en juego trasciende la coyuntura regulatoria. Las decisiones que se tomen en este marco definirán qué centrales se construirán en Perú durante la próxima década, a qué costo llegará la electricidad a hogares y empresas, y con qué velocidad avanzará la diversificación de la matriz energética. El Foro Económico Mundial ha identificado la certeza regulatoria como uno de los tres factores determinantes para atraer inversión privada en infraestructura energética en mercados emergentes. Cuando la autoridad sectorial deja abierta la posibilidad de «reabrir el debate» si los resultados no son los esperados —como ha señalado el propio Ministerio—, esa certeza se erosiona antes de que las primeras licitaciones bajo el nuevo marco siquiera se convoquen. Para los estrategas corporativos e inversores que evalúan posiciones en el sector energético latinoamericano, la señal es clara: el riesgo regulatorio en Perú no ha disminuido con la nueva ley; se ha trasladado a la etapa de implementación.