Arbitraje internacional minero: cuando los Estados defienden su soberanía regulatoria

Victorias judiciales como la que Uruguay acaba de consolidar ante tribunales franceses revelan una tendencia creciente en el derecho internacional de inversiones: los Estados están recuperando terreno frente a demandas millonarias de corporaciones extranjeras que cuestionan cambios regulatorios soberanos. El Tribunal de Apelaciones de París ratificó el laudo arbitral de 2020 que desestimó una reclamación de 3,536 millones de dólares interpuesta por representantes de un fideicomiso vinculado a un proyecto minero de gran escala en territorio uruguayo, en lo que se considera el litigio internacional más significativo en la historia del país suramericano.

El caso tiene raíces en un proyecto presentado en 2011 que contemplaba una mina de hierro a cielo abierto de más de 6,200 hectáreas, un mineroducto de 212 kilómetros y una terminal portuaria para exportar 18 millones de toneladas anuales. Cuando Uruguay promulgó en 2013 una ley de minería de gran porte que estableció un régimen tributario especial y garantizó participación estatal en los ingresos de explotación, los inversores argumentaron un 'cambio en las reglas del juego'. El tribunal arbitral, sin embargo, rechazó incluso la jurisdicción del caso al determinar que los demandantes, como beneficiarios de un fideicomiso, carecían de legitimidad para reclamar por la inversión. Con el fallo más reciente, los demandantes deberán reembolsar al Estado aproximadamente 4.1 millones de dólares en costos procesales, más una sanción adicional de 300,000 euros.

Para estrategas corporativos e inversores con exposición en mercados emergentes, este tipo de resoluciones tiene implicaciones de largo alcance. El arbitraje internacional de inversiones —regulado en gran medida por tratados bilaterales y el marco del CIADI— ha sido históricamente visto como un mecanismo de protección para el capital extranjero frente a cambios regulatorios abruptos. Sin embargo, una serie de fallos recientes en distintas jurisdicciones sugiere que los tribunales están adoptando umbrales más exigentes para determinar cuándo una reforma fiscal o ambiental constituye una expropiación indirecta. Uruguay ya había transitado este camino en 2016, cuando obtuvo una victoria frente a una tabacalera multinacional en un caso que se convirtió en referencia global sobre el derecho de los Estados a legislar en materia de salud pública. La consolidación de esta jurisprudencia redefine el mapa de riesgo regulatorio para proyectos de infraestructura y recursos naturales en América Latina, y obliga a los equipos de due diligence a incorporar análisis más sofisticados sobre la estabilidad —y los límites— de los marcos legales en cada mercado.