NEO
Nacionales

Recibo por honorarios electrónico: cómo emitirlo paso a paso ante la Sunat

Guía práctica para profesionales independientes que operan bajo rentas de cuarta categoría en el sistema tributario peruano

Redaccion E30·21/6/2026
Compartir:LinkedInXWhatsAppFacebook
Recibo por honorarios electrónico: cómo emitirlo paso a paso ante la Sunat

Emitir recibos por honorarios electrónicos en Perú es un proceso completamente digital que se gestiona a través del Sistema de Emisión Electrónica de la SUNAT. Este mecanismo aplica a los ingresos de cuarta categoría —es decir, a quienes prestan servicios de forma independiente— y permite registrar, consultar y corregir comprobantes de pago desde cualquier dispositivo con acceso a internet.

Para operar en esta plataforma, el contribuyente debe contar con un RUC activo como persona natural, ya sea bajo la modalidad sin negocio o con rentas de cuarta categoría. A partir de ese registro, se asigna o se crea la Clave SOL, credencial personal e intransferible que habilita el acceso a todos los servicios digitales de la SUNAT, incluyendo la emisión de comprobantes. Sin esta clave, no es posible realizar ninguna operación dentro del sistema electrónico. El ingreso se realiza a través de SUNAT Operaciones en Línea (SOL), donde el usuario introduce su número de RUC, su nombre de usuario y la Clave SOL. Desde el menú principal se accede al apartado de comprobantes de pago para iniciar la emisión.

Al generar un recibo, el sistema solicita primero identificar al cliente: si es una empresa, se registra el RUC; si es una persona natural, el DNI. Posteriormente, se describe el servicio prestado con claridad —por ejemplo, 'servicio de consultoría' o 'asesoría técnica'— y se ingresa el monto total. Entorno destaca que el sistema calcula automáticamente la retención aplicable: el 8% se descuenta cuando el monto supera los S/ 1,500 y el pagador está calificado como agente de retención. Así, por un servicio de S/ 2,000, la retención sería de S/ 160 y el profesional recibiría S/ 1,840 como pago neto. No se aplica retención cuando el monto es igual o menor a S/ 1,500 o cuando el cliente es una persona natural sin negocio. Comprender estas reglas resulta esencial para que los trabajadores independientes gestionen su facturación con precisión y garanticen el cumplimiento tributario de forma eficiente.

Sigue leyendo