Cuando un contrato de construcción residencial termina en litigio, las consecuencias pueden ser devastadoras para todas las partes involucradas. Así lo demuestra un fallo reciente de la Cámara Segunda de Apelación en lo Civil y Comercial de La Plata, Argentina, que ratificó una condena de 70 millones de pesos contra los responsables de una obra con graves deficiencias estructurales. El caso, analizado por Entorno, ilustra con precisión los riesgos legales y patrimoniales que enfrenta el sector de la construcción cuando no se cumplen los estándares mínimos de calidad y seguridad.
Un peritaje técnico incorporado al expediente documentó fallas críticas en la estructura de hormigón armado: columnas mal ejecutadas, deformaciones en vigas, armaduras expuestas, cubiertas incompletas, filtraciones y mampostería deficiente. El tribunal determinó que, sin estudios complementarios, no era posible garantizar la integridad futura del inmueble. La condena incluyó indemnización por daño emergente y daño moral, y el fallo de primera instancia fue ratificado en segunda instancia tras desestimar los argumentos de los demandados, quienes cuestionaron la legitimación de la reclamante por no haber firmado el contrato. La Cámara respondió citando el artículo 1716 del Código Civil y Comercial, que establece la obligación de reparar daños derivados de la violación del deber general de no dañar, y reconoció que el perjuicio recaía sobre el patrimonio común del matrimonio contratante.
Este caso tiene implicaciones directas para directivos, desarrolladores e inversores del sector inmobiliario en América Latina. La resolución subraya que la responsabilidad contractual en construcción no se limita a quien firma el acuerdo, sino que se extiende a quienes sufren las consecuencias en su esfera patrimonial y familiar. Además, la valoración de la conducta procesal de los demandados —quienes no aportaron pruebas que desvirtuaran las acusaciones— refuerza la tendencia judicial de interpretar el silencio como indicio de responsabilidad. Para los tomadores de decisiones, el mensaje es claro: la debida diligencia técnica, la documentación rigurosa y el cumplimiento de estándares de ejecución no son opcionales; son la primera línea de defensa ante un entorno legal cada vez más exigente con los actores del sector.