Justicia condena a aseguradora por evasión en cobertura de robo automotor
Un fallo de Mar del Plata obliga a una compañía de seguros a pagar más de 12.6 millones de pesos tras rechazar un siniestro debidamente documentado, y establece un precedente sobre buena fe contractual en el sector asegurador.

Directivos del sector asegurador y del área legal corporativa tienen un nuevo precedente judicial que analizar: la Justicia de Mar del Plata condenó a una aseguradora a pagar más de 12.6 millones de pesos —más una multa civil equivalente a cinco canastas básicas— por incumplir la cobertura de un robo automotor denunciado en diciembre de 2023. El fallo, que involucra el robo de un Peugeot 207 durante un asalto a mano armada, pone en el centro del debate la conducta de las compañías de seguros frente a siniestros debidamente documentados y la interpretación de los contratos de adhesión en favor del consumidor.
Según la documentación judicial analizada por Entorno, la asegurada contaba con una póliza que cubría el vehículo por más de cinco millones de pesos, con una cláusula de ajuste automático del 20%. Sin embargo, la compañía ofreció una indemnización que la reclamante consideró insuficiente frente al valor actualizado del rodado en un contexto inflacionario. A lo largo del proceso, la aseguradora reconoció la vigencia de la póliza pero cuestionó la veracidad del robo, impugnó la documentación presentada y alegó la falta del "certificado de no hallazgo", a pesar de que la reclamante había remitido en reiteradas ocasiones los documentos requeridos. La jueza calificó las respuestas de la compañía como "evasivas y repetitivas", incluso cuando los documentos exigidos ya obraban en su poder.
El fallo establece implicaciones de fondo para la gestión de riesgos y cumplimiento en el sector. La resolución actualizó la suma asegurada al valor de reposición de un vehículo similar al momento de la pericia —9.81 millones de pesos—, superando el monto original de la póliza, y añadió 1.2 millones adicionales por daños y perjuicios. La jueza subrayó que los contratos de seguros automotrices, al ser contratos de adhesión regulados por la Ley de Defensa del Consumidor y el Código Civil y Comercial, deben interpretarse en favor del asegurado ante situaciones de asimetría contractual. Para los líderes del sector, el precedente es claro: dilatar reclamos sin sustento probatorio y omitir el deber de información y buena fe no solo expone a las compañías a condenas indemnizatorias, sino también a sanciones civiles que erosionan la reputación institucional y la confianza del mercado.
